www.europalaica.com
|
Hay que preservar la escuela de condicionantes e imposiciones de carácter religioso, que vulneran los principios constitucionales.
A lo largo del curso 2008-2009 en nuestra organización, a través de diversas vías, hemos recibido infinidad de denuncias (en algunos casos muy graves) sobre una deficiente interpretación, por parte de algunos centros de enseñanza y de algunas Consejerías de Educación, de la actual legislación en materia de libertad de conciencia y libertad religiosa y sobre la estigmatización y segregación que una parte del alumnado ha sufrido, en función de sus convicciones y creencias religiosas o no religiosas. Hecho muy grave al tratarse, además, de niños y adolescentes.
Estamos en el tiempo de las matriculaciones del alumnado, por ello Europa Laica hace estas primeras consideraciones dirigida a los centros y a las familias.
(Ver el texto completo de la proposición de Ley)
Artículo Quinto. Libertad e igualdad ideológica en el
sistema educativo.
1.-Los poderes públicos son responsables de velar por la laicidad de
las enseñanzas impartidas en los itinerarios oficiales, dentro de los
centros educativos de titularidad pública y de los privados sostenidos
con fondos públicos, con el fin de evitar cualquier interferencia en
los objetivos educativos de convicciones particulares religiosas, filosóficas
o ideológicas.
2.-El Estado no subvencionará, en ningún caso, centros educativos
con ideario propio de carácter religioso o no religioso, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 27 de la Constitución. Los centros
con ideario propio serán sostenidos por sus propios medios.
La Disposición Derogatoria primera se refiere a la derogación
de los actuales Acuerdos con la Santa Sede.
Madrid, 18 de junio de 2009