GABINETE DE COMUNICACIÓN GRUPO PARLAMENTARIO IZQUIERDA
UNIDA - INICIATIVA PER CATALUNYA - VERDS
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A LAS SECCIONES DE NACIONAL Y SOCIEDAD, NOTA DE PRENSA
IU-ICV DEFIENDE MAÑANA SU REFORMA LEGAL PARA REGULAR
CON GARANTÍAS EL EJERCICIO DE LA APOSTASÍA Y ELIMINAR LAS TRABAS
EXISTENTES
La diputada Isaura Navarro destaca "la imposibilidad práctica
en la inmensa mayoría de casos de que los ciudadanos ejerzan su derecho
a apostatar y que su elección sea reconocida por las confesiones"
(Madrid, 6 de junio 2006).- El Grupo Parlamentario de
IU-ICV, a través de su diputada Isaura Navarro, defenderá mañana
en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados una proposición
no de ley para regular "el procedimiento para dejar de pertenecer de manera
expresa a las confesiones religiosas", lo que coloquialmente se ha dado
en llamar en los últimos meses 'Proposición para la Apostasía'.
Isaura Navarro recuerda que "elegir la propia adscripción ideológica
o religiosa es un derecho incuestionable de todos los ciudadanos, reconocido
legalmente en el artículo 16 de la Constitución Española.
La posibilidad de cambiar o de abandonar cualquier religión también
está recogida en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980,
así como en distintos tratados internacionales, entre ellos la Declaración
Universal de Derechos Humanos de 1948".
No obstante, nos encontramos en la práctica que al tratar de ejercer
este derecho "tanto al intentar la apostasía como en su reconocimiento
oficial por parte de las religiones el proceso resulta muy lento e incierto
en su resolución. En la mayoría de casos queda sin constancia
ni efecto alguno. Concretamente, a día de hoy, no se ha establecido un
sistema que garantice la baja o el acto de no pertenencia a la religión
de la persona que en su día fue bautizada y con posterioridad decide
libremente no formar parte de la misma, y que ésta se inscriba en los
archivos oportunos".
Navarro destaca en el plano técnico que "otro problema sin resolver
es la dificultad para conseguir la supresión de todos los datos de los
registros de la Iglesia, en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Esta norma obliga a cualquier organización, iglesias incluidas, a eliminar
de sus archivos toda referencia sobre datos personales y privados sencillamente
con la petición en ese sentido por parte del interesado".
De forma resumida, la apostasía es la renuncia a la fe cristiana recibida
por medio del bautismo. Es decir, el abandono explícito y voluntario
de los dogmas y creencias de la Iglesia que se asumen por el acto del sacramento
del Bautismo, independientemente de que en ese momento la persona no pueda tener
consciencia de ello, ni posea capacidad crítica para decidir si deseará
o no algún día abrazar libre y voluntariamente dicha fe. Por extensión,
la apostasía también puede considerarse en general como el abandono
de la fe o de la religión que se profesa.
La diputada de Izquierda Unida recuerda, además, que "las confesiones
religiosas obtienen beneficios de dicha circunstancia, ya que gracias a los
'registros de bautismo' hacen aumentar artificiosamente su número de
fieles en determinadas estadísticas para obtener mayores privilegios
sociales y económicos, sin preocuparles demasiado la integridad de las
creencias de dichos fieles ni si sus prácticas se corresponden realmente
con su supuesta condición".
Por todos estos motivos, el Grupo Parlamentario de IU-ICV
ha registrado la siguiente proposición no de ley:
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:
A estudiar las reformas legales y llevar a cabo acuerdos con las diferentes
confesiones para establecer un procedimiento que permita de forma rápida
y con garantías causar baja de las religiones a todos los efectos legales
y económicos posibles, la inscripción expresa en sus asientos
de la baja y la supresión de los datos personales que obren en sus registros.
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A título de complemento, se acompañan algunas de las referencias
legales donde se menciona la posibilidad de ejercer el derecho de apostasía
tanto en la legislación nacional como internacional
- Artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
de 1948:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión
o de creencia
- Artículo 9, párrafo 1, del Convenio Europeo para la Protección
de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1950:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión; este derecho implica la libertad de cambiar de religión
o de convicciones
- Artículo 10, párrafo 1, sobre Libertad de pensamiento, de conciencia
y de religión de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión
Europea de 2000:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión. Este derecho implica la libertad de cambiar de religión
o de convicciones
- Artículo 2, párrafo 1a, de la Ley Orgánica de Libertad
Religiosa de 1980:
La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende,
con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona
a:
Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna;
cambiar de confesión o abandonar la que tenía, manifestar libremente
sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de
declarar sobre ellas.
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PSOE y PP
se posicionan en contra del proceso de apostasía planteado en el congreso
por IU-ICV
EFE - Madrid
Los grupos parlamentarios socialista y popular se opusieron ayer a la iniciativa
presentada por IU-ICV para establecer un procedimiento que permita "de
forma rápida y con garantías" causar baja de las religiones
(apostasía), "a todos los efectos legales y económicos posibles".
En su proposición no de ley, debatida en la comisión de Justicia
del Congreso de los Diputados, IU-ICV defendió que el procedimiento estableciera
también que se supriman los datos personales que obren en los registros
de la Iglesia.
Según IU-ICV, en la práctica el proceso de apostasía y
el reconocimiento de la misma por parte de las religiones es muy "lento
e incierto" en su resolución y queda "sin constancia ni efecto
alguno" en la mayoría de los casos.
El grupo popular consideró que la iniciativa carece de sentido y fundamento
y olvida muchas cosas como el hecho de que la Iglesia Católica no sólo
es pionera sino también abanderada del derecho fundamental de la libertad
religiosa. Por su parte el grupo socialista opinó que tal y como está
planteada esta proposición no de ley puede vulnerar el principio de la
separación Iglesia-Estado y no sirve para garantizar el derecho a cambiar
de creencias.
El País, 8-6-06