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El Consejo del Poder Judicial ha expedientado al juez de
Cantabria Esteban Campello por dirigir dos folios de
admoniciones a un matrimonio separado para que pusieran en sus
vidas "el espíritu de Jesucristo resucitado", cuando el pleito
versaba sobre una multa impuesta a la esposa por llamar
"folladora, puta y guarra" a la nueva pareja de su marido. Y
es que para el Poder Judicial, la moral y los dogmas son
"innecesarios" en las sentencias. Los cinco vocales de la
Comisión Disciplinaria han apreciado por unanimidad que el
magistrado de la Audiencia de Cantabria Esteban Campello
Iglesias fue más allá de sus atribuciones al resolver el
recurso de apelación de Concepción C. L. contra la multa que
le había impuesto el juzgado por insultar, abofetear y tirar
del pelo a la nueva pareja de su marido.
Campello no se limitó a confirmar la multa de 60 días
impuesta a Concepción por el juez de Torrelavega. Cumplida su
función de "profesional encargado de administrar Justicia"
como él mismo explica en su sentencia, dejó el Código Penal,
tiró del Libro del Génesis y compuso dos folios de
disquisiciones sobre la intervención del "maligno" en la
ruptura del vínculo matrimonial y la necesidad de que la
pareja acudiese a la Iglesia católica como "la fuerza
salvadora" del matrimonio.
El juez dice en su escrito a la mujer, y a su todavía
marido, que pongan en medio de sus vidas "el Espíritu de
Jesucristo Resucitado, capaz de llenar el anhelo de vida que
tiene vuestro corazón". "Por eso", les dice, "tenéis que
acudir a quien dispone de esa fuerza salvadora, que es la
Iglesia católica, diciendo a sus ministros que queréis
participar y comer de ese fruto".
El magistrado se basa en el Génesis para argumentar que la
infidelidad se relaciona con la aparición del "maligno", dado
que el marido vive en una "situación de esclavitud porque ha
creído que Dios no es amor", al haberle prohibido un fruto
"apreciable a la vista y alabado socialmente".
El Poder Judicial no ha atendido el argumento de Campello
de que sus consejos son "la mejor justicia" que pretende
dispensar "como magistrado que aspira a ser cristiano". Por el
contrario, ha considerado que "las admoniciones y
aseveraciones referidas a dogmas católicos y las referencias
al Génesis son "ajenas y espurias" a la objetividad con que
deben redactarse las sentencias. El expediente por una falta
grave puede costarle a Campello una sanción de entre 300 y
3.000 euros.
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